¿Qué implica firmar una Declaración Jurada de Patrocinio?

Formulario I-864: ¿Cuál es el compromiso financiero que asume el patrocinador bajo la ley de inmigración?; ¿Cuál es la diferencia entre Patrocinador Principal y Solidario?

La Declaración Jurada de Patrocinio es un documento legal donde el patrocinador jura ser económicamente responsable de su familiar. Es un contrato legalmente exigible entre el patrocinador y el gobierno de los Estados Unidos.

Un solicitante de Residencia Permanente cuya solicitud se base en una petición familiar aprobada por la Oficina de Inmigración (USCIS), debe, al final del proceso, presentar un Formulario I-864, firmado por el familiar que presentó la petición familiar, donde este último asume el siguiente compromiso con el Gobierno de los Estados Unidos:

"Proporcionar al futuro inmigrante la cantidad de dinero necesaria para que este mantenga un ingreso que sea al menos el 125% de la línea de pobreza federal conforme el tamaño del hogar inmigrante."

En otras palabras, el familiar de los Estados Unidos que presentó la petición (también llamado "Patrocinador"), se compromete a darle al inmigrante el dinero necesario para que tenga un ingreso de al menos el 125% de la línea de pobreza.

Esto se hace para garantizar que el inmigrante no dependa de la asistencia social u otros programas financiados con fondos públicos en los Estados Unidos que sirven para apoyar a personas de bajos ingresos.

Si el patrocinador no tiene suficientes ingresos o activos para cumplir con este compromiso, se recurrir a un patrocinador solidario.

Un patrocinador solidario es otra persona dispuesta a comprometerse financieramente con el prospecto inmigrante junto con el patrocinador principal. El patrocinador solidario también debe firmar otro Formulario I-864 y asumir la responsabilidad de proporcionar el apoyo financiero necesario para el inmigrante.

Este Formulario I-864 es un contrato como cualquier otro. Lo que significa que tanto el gobierno de los Estados Unidos como el inmigrante patrocinado pueden demandar al patrocinador principal y al solidario ante los tribunales si no cumplen con el compromiso financiero asumido.

El patrocinador principal y el solidario están obligados con el inmigrante hasta que ocurra uno de los siguientes hechos:

  • el inmigrante se convierta en ciudadano estadounidense,

  • el inmigrante abone 40 trimestres de trabajo para la seguridad social,

  • el inmigrante fallezca o

  • el inmigrante abandone permanentemente los Estados Unidos.

Para ser patrocinador, una persona debe ser ciudadano, nacional o residente permanente de los EE. UU., tener al menos 18 años de edad y residir en los Estados Unidos o en un territorio de los EE. UU.

También debe tener la solvencia financiera para apoyar al posible inmigrante con un ingreso de al menos el 125% de la línea de pobreza federal. Este cálculo se realiza determinando primero el tamaño del hogar que está patrocinando. El tamaño del hogar incluye al patrocinador principal, el inmigrante patrocinado y cualquier otra persona que viva con el patrocinador principal y sea mantenida por el patrocinador principal.

Por ejemplo, en el caso de un prospecto inmigrante que solicita la residencia en base a un matrimonio con un ciudadana de los Estados Unidos. La esposa ciudadana es el patrocinador principal. Sin embargo, como ella no tiene suficiente dinero (al menos el 125% de la línea de pobreza federal), necesita buscar a un patrocinador solidario. Este último también está casado y tiene dos hijos menores. Por lo tanto, el tamaño del hogar para el cálculo del 125% de la línea de pobreza federal es de seis personas: cuatro del patrocinador de apoyo más dos del hogar inmigrante.

Para saber cuánto es el monto que corresponde al 125% de la línea de pobreza según el tamaño del hogar, consulte la tabla que se publica cada año en el Formulario I-864P. La tabla actual, que entró en vigor el 1 de marzo de 2022, indica los siguientes montos correspondientes al 125% de la línea de pobreza:

  • si el hogar tiene 2 personas, entonces el patrocinador debe tener ingresos anuales de $22,887;

  • si el hogar tiene 3 personas, entonces el $28,787 al año;

  • si el hogar tiene 4 personas, $34,687;

  • si son 5 personas, $40,587;

  • Seis personas, $46,487;

  • Siete, $52,387.

  • Ocho, $58,287.

  • Si el hogar tiene más de 8 personas, se añaden $5,900 para cada persona adicional.

Para poder ser patrocinador, la persona debe ser ciudadana estadounidense o residente permanente, tener al menos 18 años, vivir en Estados Unidos y tener unos ingresos anuales de al menos el 125% del nivel federal de pobreza.

En la mayoría de las situaciones, el patrocinador deberá incluir los siguientes documentos junto al fomrulario I-864 firmado:

  • Si eres ciudadano o nacional de EE.UU., necesitarás incluir una copia de tu certificado de nacimiento estadounidense, pasaporte o certificado de naturalización.

  • Si es residente permanente legal, copia de ambas caras del formulario I-551, Tarjeta de Residente Permanente.

  • Copia de su declaración de impuestos individuales federales, incluyendo los formularios W-2 del año fiscal más reciente.

  • Copia de todos los Formularios 1099 y cualquier otra prueba de ingresos declarados.

  • Si es empleado, carta de trabajo y evidencia del pago de salario de los últimos tres meses.

  • Si trabaja por tu cuenta, necesitará incluir una copia del Anexo C, D, E o F de su declaración de impuestos federales más reciente que muestre sus ingresos.

  • Si en vez de pruebas de ingresos, suministra evidencia de bienes, necesitará incluir documentación para establecer la titularidad de esos bienes que además que muestre dónde están ubicados, quién los tiene, cuándo se adquirieron y cuánto valen.

En resumen, el patrocinador y el patrocinador solidario son personas que se comprometen a proporcionar apoyo financiero a un inmigrante patrocinado a través de un contrato legalmente exigible. Esto se hace para garantizar que el inmigrante no se convierta en una carga pública y para cumplir con los requisitos de inmigración.

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